Glosario de terminos
Grupo de cotización
Periodo mínimo de cotización
Periodo exigido en general, salvo excepciones, entre otros requisitos, para tener derecho a las prestaciones de la Seguridad Social. Se denomina también “periodo de carencia”.
Incapacidad temporal
Situación de enfermedad común o profesional y accidente, sea o no de trabajo, que puede atribuir el derecho a un subsidio mientras se reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y se esté impedido para el trabajo, con una duración máxima de 12 meses, prorrogables por otros 6 cuando se presuma que durante ellos pueda el trabajador ser dado de alta médica por curación. También son situaciones determinantes de incapacidad temporal, los periodos de observación por enfermedad profesional en los que se prescriba la baja en el trabajo, con una duración máxima de 6 meses prorrogables por otros 6, cuando se estime necesario para el estudio y diagnóstico de la enfermedad. La incapacidad temporal es una de las causas de suspensión del contrato de trabajo.
Pago delegado
Forma de colaboración obligatoria consistente en el pago, por delegación de la Entidad gestora, de las prestaciones correspondientes a la incapacidad temporal.
Accidente de Trabajo
Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. En el trabajo por cuenta propia de los Regímenes Especiales de trabajadores Autónomos y de trabajadores del Mar, se entenderá como accidente de trabajo el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación del régimen especial. La ley establece, además, diversas consideraciones y presunciones para determinar el concepto de accidente de trabajo.
Accidente no laboral
Lesión o alteración de la salud derivada de accidente siempre que éste no sea consecuencia del trabajo realizado. Le corresponde la acción protectora en la misma forma que en la enfermedad común, sin exigencia de periodo previo de cotización, salvo para acceder a pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, o de muerte y supervivencia, desde situaciones de no-alta.
Riesgo durante el embarazo
Suspensión del contrato o cese en la actividad que da lugar a una prestación económica que consiste en un subsidio equivalente al 100 por 100 de la base reguladora, que será la establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, para proteger la salud de la trabajadora embarazada o del feto durante el período de suspensión del contrato de trabajo o de la actividad en los supuestos en que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su estado, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.
Descanso por maternidad
Permiso laboral (cuenta ajena) o de inactividad en el trabajo (cuenta propia), que da lugar a la situación protegida por causa de parto, adopción y acogimiento (tanto preadoptivo como permanente o simple de duración no inferior a un año, y aunque dichos acogimientos sean provisionales), de duración tasada por la ley, que atribuye el derecho a una prestación equivalente al 100% de la base reguladora o a un subsidio de carácter no contributivo equivalente al 100% del IPREM, salvo que la base reguladora fuese inferior, en cuyo caso se tomará ésta. El padre puede disfrutar, simultánea o sucesivamente, de este descanso, en las condiciones que se establecen reglamentariamente.
Descanso por paternidad
Permiso laboral (cuenta ajena) o de inactividad en el trabajo (cuenta propia), que da lugar a la situación protegida por causa de parto, adopción y acogimiento (tanto preadoptivo como permanente o simple de duración no inferior a un año, y aunque dichos acogimientos sean provisionales), de duración tasada por la ley, que atribuye el derecho a un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora.
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