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Bases y Tipos de Cotización 2019

Bases del Régimen General

Grupo          Mínima          Máximo            Contrato a T. Parcial

1                1466,40          4070,10             8,83

2                1215,90          4070,10             7,32

3                1057,80          4070,10             6,37

4                1050               4070,10             6,33

5                1050               4070,10             6,33

6                1050               4070,10             6,33

7                1050               4070,10             6,33

8                 35                  135,67               6,33

9                 35                  135,67               6,33

10               35                  135,67               6,33

11               35                  135,67               6,33

 

Tipos de Cotización Régimen General

                                                  % Empresa    % Trabajador    % Total

Contingencias Comunes                   23,60               4,70              28,30

Horas Extraordinarias

Fuerza Mayor                                  12                     2                 14

Otras                                              23,60               4,70             28,30

Desempleo                                   

Contratos indefinidos                        5,50                 1,55             7,05

Contratos de duración determinada

Practicas, relevo e interinidad            5,50                 1,55             7,05

Discapacitados                                 5,50                  1,55            7,05

A tiempo completo                           6,70                   1,60            8,30

A tiempo parcial                               6,70                   1,60            8,30

Fondo de Garantía                            0,20                   0                 0,20

Formación Profesional                       0,60                   0,10            0,70

 

Base de Régimen Agrícola

 

Grupo             Base Diaria       Base Diaria     Base Mensual     Base Mensual

                      Mínima             Máxima          Mínima              Máxima

 

1                    63,76             176,96            1466,40            4070,10

2                    52,87             176,96            1215,90            4070,10

3                    45,99             176,96            1057,80            4070,10

4                    45,65             176,96            1050                 4070,10

5                    45,65             176,96            1050                 4070,10

6                    45,65             176,96            1050                 4070,10

7                    45,65             176,96            1050                 4070,10

8                    45,65             176,96            1050                 4070,10

9                    45,65             176,96            1050                 4070,10

10                  45,65             176,96            1050                 4070,10

11                  45,65             176,96            1050                 4070,10

 

Tipos de Cotización Régimen Agrícola

                                             % empresa    % Trabajador    % Total

Contingencias Comunes

Grupo  1                                  23,60               4,70              28,30

Grupo  2 al 11                          19,10               4,70              23,80

Desempleo Fijos                        5,50                1,55               7,05

Desempleo Eventuales

A tiempo completo                     6,70                1,60               8,30

Prácticas , releva, interinidad      5,50                 1,55              7,05

Fondo de Garantía                      0,10                 0                  0,10

Formación Profesional                 0,15                0,03              0,18

 

 

Novedades Enero 2019

  • Nuevas Bases y Tipos de Cotización para el año 2019.

 

  • A partir del 1 de enero 2019 los contratos para la formación y aprendizaje formalizados estarán exentos de la cotización por Formación Profesional.

 

  • Las Cuotas de IT y IMS han sido actualizadas conforme a la Tarifa para la cotización por Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales.

 

  • Para los trabajadores del Sistema Especial Agrario con Modalidad de Cotización Jornadas Reales que realicen en el mes 22 o más jornadas reales , la base de cotización será la correspondiente a la establecida para la Modalidad Mensual.

 

  • Se han actualizado las cuotas de los Funcionarios de Administración Local (coeficiente 0,010) correspondiente 0,008 a la cuota de la empresa y el 0,002 a la cuota a cargo del Trabajador.

 

  • Para los contratos de carácter temporal cuya duración efectiva sea igual o inferior a 5 días, la cuota empresarial a la Seguridad Social por contingencias comunes se incrementará en un 40%. Dicho incremento no será de aplicación a los trabajadores incluidos en el Sistema Especial para trabajadores por Cuenta Ajena Agrarios.

 

  • Nuevas Subclaves para las percepciones con Retenciones Clave L (Rentas exentas y Dietas exceptuadas de Gravamen) en la ficha del Trabajador, pestaña Datos de IRPF para la correcta confección del Modelo 190.

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft SILTRA

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft SILTRA

¿Qué pasos debo seguir para configurar la aplicación Siltra de la Seguridad Scocial en el programa de NominasAgrisoft?

Los pasos a seguir son los siguientes:

Una vez instalado el Siltra debe especificar la ruta para guardar los ficheros XML que generará el programa NominasAgrisoft

  • Acceda a Siltra de la Seguridad Social
  • Opción: Configuración
  • Localización de ficheros: Pulse en la carpeta Amarilla.
  • Se le abre una pantalla "Seleccione ruta para ficheros XML"
  • En nombre de carpeta seleccione el directorio que aparece en azul.
  • Copie ese directorio mediante la opción (Control C) y posteriormente acceda al Programa de NominasAgrisoft Siltra.
  • Opción Ayuda: Carpeta para guardar ficheros XML y peque con (Control V) el directorio que ha copiado previamente.
  • Una vez indicado el directorio tiene que cerrarlo con una barra invertida.
  • Compruebe en la pestaña de Datos de Usuario que tiene su autorizado del Sistema Red.

¿Los datos bancarios aparecen en el Fichero de Bases?

No. Si la modalidad de pago es Cargo en Cuenta se debe enviar a la TGSS el fichero de Comunicación de Datos Bancarios para notificar su número de cuenta donde será cargada la cuota a pagar cada mes.

¿Dónde puedo comprobar las Nóminas que envío en el fichero de bases?

Para comprobar las nóminas que envía al fichero de bases tiene que ir a la opción de fichero de bases< Pestaña Nómina

En esta pestaña puede comprobar los trabajadores que van en el fichero así como las bases de cotización que se envían en cada uno de los trabajadores y el Período/tramo que se envía.

Si he realizado Nóminas por período, cuando genero el fichero de bases ¿ Cómo incluyo esas nóminas por período?

Una vez generadas las Nóminas por período en el programa a la hora de generar el fichero de bases en la pestaña selección de períodos debe seleccionar la opción de Nóminas Período.

Una vez enviado el Fichero de Bases a la TGSS, me aceptan todos los trabajadores pero hay un trabajador que no me lo calcula por descrepancia de información. ¿Qué ocurre si no consigo que la TGSS me acepte a este trabajador en este mes?

En el Siltra se concilia por trabajador, por tanto si ha enviado el resto de trabajadores y están aceptados por la TGSS se realizará una Liquidación Parcial.

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft SILTRA

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft SILTRA

Una vez enviada la liquidación del mes, la TGSS nos indica que hay un trabajador con error en el envío ¿Se tiene que enviar el Fichero con todos los trabajadores o puedo enviar el Fichero solo con el trabajador que da error?

Una vez que hay solventado el error en ese trabajador, si la Liquidación no ha sido rechazada y el resto de trabajadores estan conciliados con la TGSS, puede enviar sólo el trabajador que le da error en el envío.

A la hora de generar el fichero de Bases en la pestaña de selección de los trabajadores marque la opción de "Solo los seleccionados"

Deberá seleccionar el código del trabajador que quiera agregar en el Fichero.

Puede comprobar que en la pestaña Nóminas del Fichero de Bases sólo va el trabajador que tenga usted marcado.

Tras realizar estos pasos el programa calculará automáticamente el Fichero de Bases correspondiente sólo con ese trabajador.

Tengo que volver a enviar un fichero de Bases que ya había confirmado con la TGSS con el indicador de Rectificación para rectificar el envío realizado? ¿Dónde marco este indicador?

Para que en el fichero de bases se refleje este indicador tiene que marcarlo dentro del fichero de bases en la pestaña  Selección de Períodos, casilla Indicador de Rectificación.

¿Hay que indicar la Referencia Externa en el fichero de bases?

Si. Es obligatorio indicar la referencia externa. Está referencia es un nombre que usted le asigna al fichero.

¿Para que sirve el fichero de Solicitud de Cálculos?

Este tipo de fichero se utiliza para solicitar a la TGSS información sobre los cálculos de una liquidación. Se puede solicitar cálculos detallados por trabajador y tramo.

Para ello hay que marcar "Indicador Calculos Desglosados". Si se marca esta casilla, la respuesta a dicha solicitud de cálculos se realizará desglosada por trabajador y tramo.

Se deberá indicar el Período Desde, Período Hasta y también indicar el Período de Presentación asociado a la liquidación referenciada cuyos cálculos se quieren consultar. 

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft IRPF

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft IRPF

¿Qué informe puedo visualizar en el programa para comprobar los datos de IRPF de los trabajadores?

Una vez generadas las nóminas para realizar las comprobacioens de la retención de los trabajadores puede visualizar el Listado de IRPF: Este informe se localiza en la opción de Gestión de Nóminas< Nóminas < IRPF< Listado de IRPF

¿Dónde puedo generar el Certificado de Retenciones para los trabajadores?

Para generar el Certificado de Retenciones de los trabajadores ir a la opción de Gestión de Nóminas< Nóminas< IRPF< Certificado de Retenciones

El programa calculará automáticamente el certificado de retenciones. Para ello seleccione el código del trabajador, el intervalo de los meses, el ejercicio y la empresa.

¿Cómo se envía a la Agencia Tributaria el fichero del modelo 190 que genera NominasAgrisoft?

Una vez generado el fichero del Modelo 190 automáticamente por el programa de NominasAgrisoft acceda a la Sede Electónica de la AEAT a través de la opción DECLARACIONES INFORMATIVAS: MODELO 190< Presentación

Deberá identificarse con su certificado electrónico, DNI o clave PIN correspondiente.

Mediante el botón Importar seleccione el Fichero del Modelo 190 generado.

¿Dónde se indican los gastos deducibles aplicados en el Modelo 190?

En la opción de Gestión de Nóminas< Nóminas< IRPF

Cuando vaya a generar el Fichero del Modelo 190 deberá indicar los Gastos Deducibles que pueden ser:

  • Los indicados en la ficha de cada trabajador.
  • La suma de las Aportaciones a la seguridad social en las nóminas.
  • Suma de la ficha + Aportaciones S.S en Nóminas ( Esta opción engloba las dos primeras)

El programa trasladará automáticamente al Fichero del Modelo 190 los gastos deducibles correspondientes según la opción que se marque.

¿Qué pasos debo tener en cuenta para generar el Fichero del Modelo 190?

En las Fichas de las Empresas compruebe que el nombre está indicado sin puntos, comas ni otros caracteres no alfabéticos.

Especialmente compruebe que el NIF no tiene ni barras ni ningún signo de separación entre la letra y los números.Deberá completar los NUEVE DÍGITOS de que se compone completando si fuera necesario con Ceros a la izquierda.

Es obligatorio indicar el teléfono y la persona de contacto.

Si lo desea puede incluir el correo electrónico de la persona de contacto.

En las Fichas de los trabajadores compruebe que los datos están completos y correctos.

Compruebe la fecha de nacimiento, en la pestaña IRPF en tipo de Contrato indique 1 para contrato normal o bien 2 para inferior al año, 3 caracter dependiente o 4 trabajadores por jornales diarios.

Para percepciones con retención, es obligatorio indicar la clave A

La discapacidad sera 0 si el trabajador no lo es o la minusvalía es inferior al 33%, 1 si las minusvalía es igual o superior al 33%

Si el trabajador vive en Ceuta o Melilla indique 1, en caso contrario 0, compruebe que el código postal está especificado.

Rellene los ascendientes o descendientes que posea el trabajador así como discapacitados.

También deberá indicar si tiene préstamos de la vivienda habitual.

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft AFILIACION

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft AFILIACION

¿Cómo se introduce en el programa una situación de Alta/Baja/Variación de datos para el envío a la Seguridad Social?

Deben seguir los siguientes pasos:

  • Opción Seguridad Social, introducción de AltasBajaVariación de datos, el régimen que corresponda y pulse introducción de datos.
  • Antes que nada pulse AGREGAR, punto importantísimo.
  • A continuación, introduzca el código del trabajador y rellene todos los campos, por último, pulse Actualizar.
  • Desde la opción de Visualización de AltasBajasVariación pueden asegúrarse de que están grabadas correctamente.
  • Por último, genere el fichero de afiliación.

En el programa de Nóminas ¿Cómo se genera el fichero de conceptos retributivos abonados (CRA)?

Una vez generadas las nóminas con los conceptos retributivos correspondientes, para enviar el fichero CRA ir a la opción de Seguridad Social< Ficheros CRA.

Seleccionar el año, mes y código de la empresa así como la selección de los trabajadores.

El programa automáticamente genera el fichero CRA con los conceptos retributivos asignados en la nómina y sus códigos correpondientes.

¿Dónde se genera en el programa de nóminas el fichero de Comunicación de Jornadas Reales? ¿Hay algún informe que me permita revisar los datos introducidos?

Antes de generar el fichero tiene que introducir los datos en la opción de Jornadas Reales

Para ello pulse el botón (+) AGREGAR NUEVO para posteriormente indicar la Empresa, código del trabajador, mes y año.

Finalmente para guardar los datos introducidos pulsar el botón GUARDAR DATOS

Una vez introducidas estas Jorndas, para generar el Fichero de Comunicación de Jornadas Reales ir a la opción de: Gestión de Nóminas< Nóminas< Seguridad Social< Comunicación de Jornadas realizadas por trabajadores agrarios a través de RED.

Para comprobar los datos introducidos ir a la opción de Seguridad Social< Comunicación de Jornadas realizadas por trabajadores agrarios < Informes y listados.

Puede obtener varios informes:

  • Listado de Jornadas Realizadas en el mes
  • Listado de Jornadas Realizadas de cada uno de los trabajadores.

¿Dónde se guarda el fichero CRA generado por el programa NominasAgrisoft para su envío a la TGSS?

Una vez que el programa NominasAgrisoft genere automáticamente el fichero CRA, para enviarlo por la aplicación Siltra debe realizar los pasos que se le indican a continuación.

Ir a la opción de Afiliación< Procesar remesas de afiliación< Conceptos retributivos abonados< Pulse en la carpeta y seleccione la ruta para capturar el fichero CRA generado automáticamente por el programa.

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft COTIZACION

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft COTIZACION

¿Cómo se envía un certificado de empresa en xml al SEPE?

Ir a la opción de Gestión de Nóminas< Nóminas< Trabajadores< Generación de Ficheros de Certificados de empresa.

¿Cómo confeccionar una Nómina de Paga Extra?

Para realizar una nómina de paga extra tiene que realizar lo siguiente:

Ir a la opción de Nóminas

Indicar en el mes E1,E2,E3...según la paga extras que corresponda.

Tomará de la fica del trabajador las percepciones que se le tengan indicadas debiendo modifificar estos importes para que en el importe total de la nómina sólo aparezca la Paga Extra que le corresponda al trabajador.

¿Cómo puede generar los contratos en XML para enviarlo a Contrata?

Tiene que ir a la opción de Trabajadores < Contrata: Sistema de Comunicación de los contratos al INEM

Una vez cumplimentados los datos correspondientes el programa creará un fichero para el envío a Contrata.

¿Dónde se indica en la nómina los conceptos retributivos que me indica mi convenio?

En las nóminas, tanto en percepciones salariales como en percepciones no salariales hay unos desplegables para añadir los conceptos retributivos que vengan establecidos en el convenio.

Cada concepto tiene asiganado un código que establece la TGSS. Este concepto deberá indicarlo en percepciones salariales o no salariales según corresponda.

Tengo un trabajador en situación de Incapacidad Temporal y tiene un complemento por la IT estipulado en el convenio. ¿Dónde se indica este complemento en la nómina del trabajador?

En la ficha del trabajador, en percepciones no salariales en los campos desplegables que aparecen publicados, el código 0055 identifica ( Mejoras de Prestaciones de Incapacidad temporal) debe indicar el importe que corresponda complementar y posteriormente generar la nómina.

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft COTIZACION

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft COTIZACION

¿Hay que rellenar en todos los trabajadores la Modalidad de Cotización en su ficha?

Si. En la ficha de los trabajadores, pestaña profesionales, campo "Modalidad de Cotización", es imprescindible que se seleccione "BASES MENSUALES" si su cotización es Mensual, o "JORNADAS REALES" si su cotización es diaria.

El campo Modalidad de Cotizacion NUNCA se dejará en blanco.

¿Cómo puedo generar unas nóminas de atrasos por convenio?

Para realizar una nómina de atrasos deberá realizar lo siguiente:

Seguridad Social < Liquidaciones complementarias ( Atrasos, vacaciones)

Confección de Nóminas de Atrasos

Indicar: Año, atrasos del mes que correponda, el mes, mes (A1,A2,A3,A4...), código del trabajador, apellidos y nombre , días de atrasos, importe de los atrasos, base de CC y base de AT y EP

Enero: A1

Febrero: A2

Marzo: A3

Abril: A4

Mayo: A5

Junio: A6

Julio: A7

Agosto: A8

Septiembre: A9

Octubre: AO

Noviembre: AN

Diciembre: AD

Para imprimir la nómina de atrasos ir a Nóminas< Informes y listados de nóminas mensuales e indicar el año y el mes ( A1,A2,A3,A4...)

¿Dónde se indica la bonificación de un curso de formacion continua?

Si la empresa tiene una bonificación por un curso de formación continua que han realizado los trabajadores esta bonificación se indica dentro de la ficha de la empresa en la casilla Importe Formación Continua.

El programa trasladará automáticamente al Fichero de Bases el importe indicado de la bonificación que será descontado en el Recibo de Liquidación.

Tengo que realizar una nómina de vacaciones no disfrutadas de un trabajador que se ha terminado su contrato ¿ Cómo debo generar la nómina?

Para realizar la Nómina de Vacaciones debrá hace lo siguiente:

Ir a Seguridad Social < Liquidaciones complementarias

Nomina de Vacaciones< Confeccion de nóminas de vacaciones

Deberá indicar:Año, período desde y período hasta de vacaciones, código del mes (V1,V2,V3...) código del trabajador, apellidos y nombre, días de vacaciones y el importe de las vacaciones.

Enero:V1

Febrero: V2

Marzo: V3

Abril: V4

Mayo:V5

Junio: V6

Julio:V7

Agosto: V8

Septiembre: V9

Octubre: VO

Noviembre: VN

Diciembre: VD

Para imprimir la nómina ir a Nóminas, Informes y Listado de nóminas mensuales e indicar: año y mes: V1,V2,V3...

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft COTIZACION

Preguntas Frecuentes NominasAgrisoft  COTIZACION

¿Dónde debo reflejar una situación de Incapacidad temproal en el programa?

Para los trabajadores que se encuentran en situación de IT: Enfermedad Común o Accidente No laboral, accidente laboral, maternidad deberá introducir la incidencia correspondiente ANTES de generar la nómina.

En la opción de Incidencias Mensuales agregar el año, mes código del trabajador, fecha de inicio de la incidencia en ese mes con formato DD/MM/AA, fecha de fin de la incidencia en ese mes con formato DD/MM/AA

Campo: DIAS TRABAJADOS: Días naturales del mes - Días de IT.

El resultado hay que ponerlo en el campo Días trabajados.

Posteriormente, la incidencia de que se trate, indicar la fecha de inicio de la baja si comenzó en meses anteriores con formato DD-MM-AA, las bases de CC para los días de la baja y la bases de AT y EP para los días de la baja en ese mes, son calculadas por la aplicación.

Gestionar la nómina de ese mes.

Tomará de la ficha del trabajador las percpeciones que se le tengan indicadas pudiendo modificar estos si su convenio lo estipula.

Nota: Régimen Especial Agrario.

Es imprescindible que antes de introdudir la incidencia del trabajador grabe en el programa de NominasAgrisoft las Jornadas Reales y las Previstas en la opción de Jornadas Reales < Introducción de Jornadas Reales.

Cuando tengo un trabajador con varias altas en el mes en la TGSS ¿ Cómo hago las nóminas?

En este caso tiene que realizar las nóminas por la opción de Nóminas< Nóminas por período: semanal, decenal, quincenal dentro del mes< Gestión de las nóminas por períodos dentro del mes: semanal , quincenal...

Mediante esta opción podrá generar diferentes Nominas en el mes para un mismo trabajador, cada una de estas Nóminas por Períodos con sus días y percepciones correspondientes.

En cada Nómina generada por Período debe indicar correctamente le campo: PERÍODO DE LIQUIDACIÓN ( Fecha Desde y Fecha Hasta) según corresponda a cada nomina.

Tengo un trabajador con cambio de contrato en el mismo mes. ¿ Cómo debo proceder para realizar las nóminas?

Cuando un trabajador cambia de contrato en el mismo mes se tienen que hacer 2 nóminas.

La primera nómina con los días correspondientes al primer contrato de trabajo (deberá indicarle los importes correspondientes de esos días que está con el primer contrato)

Antes de hacer la segunda nómina tiene que ir a la ficha de ese trabajador y en la pestaña contrato, hay que cambiarle el código del contrato y ponerle el contrato actual y la fecha de inicio correspondiente a ese segundo contrato ( A esta segunda nómina también le indicará los importes correspondientes para los días que el trabajador está en el segundo contrato)

Realizará la segunda nómina por gestión de nóminas mensuales indicando el código del mes según corresponda.

Enero: N1

Febrero: N2

Marzo: N3

Abril: N4

Mayo: N5

Junio: N6

Julio: N7

Agosto: N8

Septiembre: N9

Octubre: NO

Noviembre: NN

Diciembre: ND

¿Dónde se indica el prorrateo de paga extra para que aparezca en la base de cotización de la nómina?

Tiene que ir a la ficha de un trabajador a la pestaña profesionales e indicar el número de pagas y el importe de cada una de las pagas. Una vez indicados estos datos el programa calculará automáticamente el prorrateo que aparece en la base de cotización de la nómina.

INFORME DE DATOS DE COTIZACION ( IDC)

INFORME DE DATOS DE COTIZACION ( IDC)

Este informe nos permite conocer los datos que dispone la TGSS de cada uno de los trabajadores en alta y sus tramos de cotización.

Hay distintos tipos de ficheros IDC

  • Fichero IDC individual por trabajador
  • Fichero IDC por período de liquidación para un NAF
  • Fichero IDC por período de liquidación y Cuenta de Cotización

Este útltimo será el tipo de IDC en el que nos centraremos porque muestra con claridad los tramos y los PEC ( Peculiaridades de Cotización) que la TGSS tiene informados para el trabajador en el período de liquidación consultado.

A continuación se muestran los PEC más frecuentes que pueden aparecer en un tramo.

Puede consultar la tabla completa en la web de la TGSS Instrucciones Técnicas < Tablas 49

  • Tramo sin PEC

En situación de activo a tiempo completo

500+ 601

  • PEC21

Se identifican las situaciones de Incapacidad Temporal por Contingencias Comunes con pago delegado

500+603+563

  • PEC23

Se identifican las situaciones de Incapacidad Temporal por AT/EP con pago delegado

500+503+663

  • PEC29

Se identifican:

-Los 15 primeros días en situación de IT de contingencias comunes cuando el trabajador reúne los requisitos para acceder a la prestación.

-Los trabajadores  en situación de IT derivada de contigencias comunes en empresas excluidas o colaboradoras en dicha contingencia.

500+603

  • PEC30

Se identifican: Las situaciones de IT por AT y EP en empresas excluidas o colaboradoras en dicha contingencia.

500+ 603

  • PEC22

Se identifican las situaciones de IT pago directo derivada de contingencias comunes, así como las situaciones de inexistencia del derecho a la prestación.

509+603

  • PEC24

Se identifican las situaciones de IT pago directo derivada de AT/EP

509 +603

  • PEC31

Se identifican las situaciones de Maternidad/Paternidad a tiempo completo

509+603

  • PEC34

Se identifican las situaciones de Riesgo durante el embarazo /Lactancia

509+603

  • PEC17

Se identifican las situaciones de los Expedientes de Regulación de Empleo Total

509+603

  • PEC20

Se identifican las situaciones de Alta Sin Percibo de Retribución /Bajas fuera de plazo

En estos casos, el Sistema calcula automáticamente las bases de cotización correspondientes, y por tanto, en el Fichero de Bases no hay que informar este tramo.

CODIGOS DE FICHEROS DE BASES (SILTRA)

CODIGOS DE FICHEROS DE BASES (SILTRA)

NominasAgrisoft una vez realizadas las nóminas envía automáticamente en el Fichero de Bases unos códigos que identifican los conceptos económidos que se deben reamitir en cada tramo según la situación de los trabajadores.

Es muy útil conocer estos códigos para poder interpretar el fichero de respuesta que nos facilita la TGSS cuando tenemos algún error en el envío.

Tabla Resumen de Códigos Siltra.

Códigos

  • 500 + 601

Situación de Alta

500- Base de Contingencias Comunes

601- Base de Accidentes

  • 500+ 603

Situación de IT con prestación a cargo de la empresa

500- Base de Contingenias Comunes

603- Base de Accidentes

  • 500 + 603+ 563

Situación de IT por Contingencias Comunes con Pago Delegado

500- Base de Contingencias Comunes

603- Base de Accidentes

563-Prestación de IT

  • 500+603+663

Situación de IT por Accidentes con Pago Delegado

500- Base de Contingencias Comunes

603-Base de Accidentes

663-Prestación de IT

  • 536+636

Situación de ERE Parcial

  • 509 + 603

Situación de IT pado directo del INSS, Maternidad y Paternidad total, ERE Total , Riesgo de Embarazo o Lactancia, carencia de 180 días de cotización.


PRECIOS APLICACIONES AGRISOFT

-Nóminas Versión 30 trabajadores: 170 + iva

-Nóminas Versión 300  trabajadores: 230 + iva

-Nóminas Versión 3000 trabajadores: 400 + iva

-Nóminas Versión  sin limite de trabajadores: 600 + iva

-Partes de trabajo y de Maquinaria. Régimen General: 170 + iva

-Control de Fincas y Cultivos: 170 + iva

-Gestión de Partes Agrícolas: 170 + iva.

Durante los 3 primeros meses de la compra tiene el servicio de mantenimeinto gratuito.

NOMINAS AGRISOFTSILTRA: SISTEMA DE LIQUIDACION DIRECTA

Con la adaptación de NominasAgrisoft a este Nuevo Sistema, de una forma fácil y sencilla podrá  generar los ficheros de cotización ( Ficheros de Bases) para su envío.

Pasos a seguir:

1. Descargue y Ejecute CRETA CON CONEXIÓN A INTERNET, disponible en nuestra web AgrisoftMantenimiento.es

2.Acceda a su programa de NominasAgrisoft, opción Seguridad Social: Sistema Siltra de Cotizaciones.

3.Desde esta opción genere el FICHERO DE BASES solo indicando:

-Referencia externa

-Empresa

-Periodo de Liquidación y mes Liquidativo.

-El tipo de liquidación.

3.Por último, envíe el FICHERO DE BASES a través de la Nueva Aplicación Siltra disponible en la página web de la Seguridad Social.

Responsabilidad de remitir la información sobre CRA

Sujetos Obligados:

- Con carácter general los empresarios respecto de sus trabajadores

Únicamente quedan excluidos, de la comunicación de los conceptos retributivos abonados a los trabajadores a través de los ficheros CRA, los empleadores de trabajadores incluidos en el sisteam especial para Empleados de Hogar y los empresarios de los profesionales taurinos.

-Trabajadores con base de cotización o cuota fija.

-Colegios Concertados

-Representantes de comercio.

-Empresas que transmiten a través del Red Directo.

Conceptos Retributivos Abonados ( CRA) NORMATIVA

RDL 16/2013, de 20 de diciembre

Aparatado 3 del artículo 147 del texto refundido d ela Ley Gneeral de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre.

"Los empresarios deberán comunicar a la Tesorería General de la Seguridad Social en cada periodo de liquidación el importe de todos los conceptos retibutivos abonados a sus trabajadores, con indepedencia de su inclusión o no en la base de cotización a la Seguridad Social y aunque resulten de aplicación bases únicas".

Entrada en vigor

22 de diciembre de 2013, de conformidad con lo estabelcido en la disposición final de´cima del Real Drecreto-Ley 16/2013 siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Estado

Por ello solo deben comunciarse los concpetos tetributivos devengados a partir del 22 de diciembre de 2013.

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  • Contratos de trabajo en XML y papel.
  • Certificados de cotizaciones en XML y papel.
  • Finiquitos
  • Modelo 111 y 216
  • Certificado de I.R.P.F y de la empresa.
  • Resúmenes anuales del 190 y 296 de retenciones.
  • Listados de I.R.P.F...

Expediente de Regulación de Empleo (ERE)

El expediente de regulación de empleo, abreviado con sus siglas, ERE, es un procedimiento contemplado en la legislación española mediante el cual una empresa en crisis busca obtener autorización para suspender o despedir trabajadores. Tiene por objeto obtener de la autoridad laboral competente un permiso para suspender o extinguir las relaciones laborales en un marco en el cual se garantizan ciertos derechos de los trabajadores.

Se trata de un procedimiento administrativo-laboral de carácter especial que puede ser tramitado por las siguientes causas:

  • Despido colectivo fundamentado en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.
  • Suspensión o extinción de la relación laboral por fuerza mayor.
  • Suspensión de la relación laboral fundamentada en las mismas causas del apartado primero.
  • Extinción de la relación laboral por extinción de la personalidad jurídica del contratante.

La empresa únicamente tiene que presentar e ingresar la cuota patronal, pues la cuota obrera la gestiona el INEM directamente con la Seguridad Social( ya que al empleado, el que le paga la prestación es el INEM y de esa prestación se le ha descontado previamente la cuota obrera), el tipo de liquidacion que corresponde indicar en este caso es la L00, es decir, no es una liquidación complementaria o diferente a la ordinaria de la empresa.

Glosario de terminos

Grupo de cotización

De los 12 establecidos, los grupos 1 a 7 comprenden bases de cotización mensuales y los grupos 8 a 11 bases de cotización diarias.

Periodo mínimo de cotización

Periodo exigido en general, salvo excepciones, entre otros requisitos, para tener derecho a las prestaciones de la Seguridad Social. Se denomina también “periodo de carencia”.

Incapacidad temporal

Situación de enfermedad común o profesional y accidente, sea o no de trabajo, que puede atribuir el derecho a un subsidio mientras se reciba asistencia sanitaria de la Seguridad Social y se esté impedido para el trabajo, con una duración máxima de 12 meses, prorrogables por otros 6 cuando se presuma que durante ellos pueda el trabajador ser dado de alta médica por curación. También son situaciones determinantes de incapacidad temporal, los periodos de observación por enfermedad profesional en los que se prescriba la baja en el trabajo, con una duración máxima de 6 meses prorrogables por otros 6, cuando se estime necesario para el estudio y diagnóstico de la enfermedad. La incapacidad temporal es una de las causas de suspensión del contrato de trabajo.

Pago delegado

Forma de colaboración obligatoria consistente en el pago, por delegación de la Entidad gestora, de las prestaciones correspondientes a la incapacidad temporal.

Accidente de Trabajo

Se entiende por accidente de trabajo toda lesión corporal que el trabajador sufra con ocasión o por consecuencia del trabajo que ejecute por cuenta ajena. En el trabajo por cuenta propia de los Regímenes Especiales de trabajadores Autónomos y de trabajadores del Mar, se entenderá como accidente de trabajo el ocurrido como consecuencia directa e inmediata del trabajo que realiza por su propia cuenta y que determina su inclusión en el campo de aplicación del régimen especial. La ley establece, además, diversas consideraciones y presunciones para determinar el concepto de accidente de trabajo.

Accidente no laboral

Lesión o alteración de la salud derivada de accidente siempre que éste no sea consecuencia del trabajo realizado. Le corresponde la acción protectora en la misma forma que en la enfermedad común, sin exigencia de periodo previo de cotización, salvo para acceder a pensiones de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, o de muerte y supervivencia, desde situaciones de no-alta.

Riesgo durante el embarazo

Suspensión del contrato o cese en la actividad que da lugar a una prestación económica que consiste en un subsidio equivalente al 100 por 100 de la base reguladora, que será la establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales, para proteger la salud de la trabajadora embarazada o del feto durante el período de suspensión del contrato de trabajo o de la actividad en los supuestos en que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su estado, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.

Descanso por maternidad

Permiso laboral (cuenta ajena) o de inactividad en el trabajo (cuenta propia), que da lugar a la situación protegida por causa de parto, adopción y acogimiento (tanto preadoptivo como permanente o simple de duración no inferior a un año, y aunque dichos acogimientos sean provisionales), de duración tasada por la ley, que atribuye el derecho a una prestación equivalente al 100% de la base reguladora o a un subsidio de carácter no contributivo equivalente al 100% del IPREM, salvo que la base reguladora fuese inferior, en cuyo caso se tomará ésta. El padre puede disfrutar, simultánea o sucesivamente, de este descanso, en las condiciones que se establecen reglamentariamente.

Descanso por paternidad

Permiso laboral (cuenta ajena) o de inactividad en el trabajo (cuenta propia), que da lugar a la situación protegida por causa de parto, adopción y acogimiento (tanto preadoptivo como permanente o simple de duración no inferior a un año, y aunque dichos acogimientos sean provisionales), de duración tasada por la ley, que atribuye el derecho a un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora.

 

Novedad en el ámbito de cotización para trabajadores de grupo 1 en el Régimen Agrícola año 2011

La principal novedad en el ámbito de cotización es para los trabajadores con grupo de cotización 1, tanto en la modalidad general como de jornadas reales, cuyas bases de cotización se calcularán en función de los salarios reales percibidos, sin que éstas puedan ser inferiores a 1045,20 euros/mes  en el caso de modalidad "G" y de 45,44 euros/jornada para modalidad "J".

La cotización para los trabajadores con grupo de cotización 2-11, de la modalidad mensual o jornadas reales, se seguirá realizando, como hasta ahora, mediante bases fijas.

PROGRAMA DE EMPLEO HACIA LA CONTRATACION ESTABLE

 

 

 

 

 

Ámbito temporal de vigencia:Contrataciones iniciales: Entre el 13 de febrero de 2011 y el 12 de febrero de 2012.

 

 

 

Requisitos de las personas desempleadas:

Modalidad de Contratación: Contratos a tiempo parcial, indefinidos o temporales, con jornada de trabajoentre el 50 y el 75% de la de un trabajador a tiempo completo comparable. Se excluyen los contratos de Interinidad y de relevo, así como los de para la formación que no pueden formalizarse a tiempo parcial.

Beneficio: Reducción, durante 12 meses, del 100%, o del 75 %, de la aportación empresarial, en función de si la plantilla de la empresa es inferior, o igual o superior, a 250 trabajadores, respectivamente. Las empresas que pudiesen acogerse a los beneficios de la Ley, podrán aplicarse los mismas descontando el período transcurrido de reducción.

 

 -Los contratos temporales transformados en indefinidos tienen derecho a la aplicación de bonificaciones de cuotas establecidas en la Ley  si el trabajador acreditaba a la fecha de inicio del contrato temporal las condiciones de acceso a dichas bonificaciones.

 Los contratos temporales deben tener una duración inicial prevista igual o superior a 6 meses.

 

 

Inscritas ininterrumpidamente en la oficina de empleo al menos desde el 1 de enero de 2011, y Edad igual o inferior a 30 años o Inscritas en la Oficina de Empleo al menos doce meses en los dieciocho meses anteriores a la contratación.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Transformación a indefinidos: Entre el 13 de febrero de 2011 y el 11 de febrero de 2013.